CARTA 250

Traductor: Lope Cilleruelo, OSA

Revisión: Pío de Luis, OSA

Fecha: Después del 427.

Tema: Una excomunión a una familia

Agustín saluda en el Señor a Auxilio, señor amadísimo hermano venerable y colega en el sacerdocio.

1. Nuestro hijo el conde Clasiciano, varón noble, se me ha quejado gravemente en una carta de que tu santidad le ha hecho sufrir la injuria de la excomunión. Me narra que fue a la iglesia con un séquito de pocas personas, como corresponde a su función; que trató contigo para que no favorecieses, contra su crédito, a aquellos que perjuran por el Evangelio y en la misma casa de la fe piden ayuda para violar la fe prometida. Dice que éstos consideraron su mal proceder y salieron de la iglesia espontáneamente, que no fueron sacados por violencia; que tu Veneración se encolerizó tanto al verlo que levantó acta eclesiástica para fulminar la sentencia de excomunión contra él y toda su casa. Al leer esta carta he vacilado no poco y en la gran tempestad del corazón han vacilado mis pensamientos, de manera que no pude callarlo a tu caridad. Si sobre ese punto mantienes una actitud apoyada en razones ciertas o testimonios de las Escrituras, dígnate enseñarme por qué se excomulga al hijo por el pecado del padre o a la mujer por el del marido, al siervo por el del señor, y aun a cualquiera que en esta casa no ha nacido aún si nace en el tiempo en que toda la casa está bajo la pena de excomunión, de modo que ni aún en peligro de muerte se le puede socorrer con el baño de la regeneración. Esta no es una pena corporal. Sobre tales penas leemos que algunos, que despreciaron a Dios, hallaron la muerte con todos los suyos que no habían participado en la misma impiedad. En tales casos vemos que para aterrar a los vivos se quita la vida a los cuerpos mortales, que de todos modos habían de morir. En cambio, en las penas espirituales, en las que se realiza lo que está escrito: Lo que atares en la tierra será atado también en el cielo1, se liga a las almas de las que se ha dicho: El alma del padre, mía es, y el alma del hijo, mía es: el alma que pecare, ésa morirá2.

2. Has oído tal vez que algunos obispos célebres han excomulgado a algún pecador con toda su casa. Quizá, si se les hubiese preguntado, se hubiesen hallado en condiciones de dar una razón de tal comportamiento. Pero si alguno me pregunta a mí si eso es obrar bien, yo no hallo qué contestar. Nunca me atreví a hacerlo cuando a veces me han impresionado muchísimo algunos crímenes perpetrados brutalmente contra la Iglesia. Si el Señor te ha revelado cuán justamente has obrado, en modo alguno desdeño en ti tu edad ni el que hayas recibido hace poco la dignidad eclesiástica. Aquí estoy. Aunque soy anciano y llevo tantos años de obispo, estoy muy dispuesto a aprender de un joven que lleva apenas un año en el episcopado. ¿Cómo podré justificarme ante Dios y los hombres, si castigo con una pena espiritual a las almas inocentes por un crimen ajeno, cuando ese crimen no se hereda como se hereda el pecado original de Adán, en quien todos pecaron?3 El hijo de Clasiciano heredó de su padre la culpa del primer hombre que ha de expiar en la sagrada fuente mediante el bautismo, pero todos los pecados que el padre cometió después de haberle engendrado, y en los que personalmente no participó, no le afectan ya. ¿Quién lo duda? ¿Y qué diré de la esposa? ¿Qué de las almas del resto de la familia? Puede una sola alma perecer si sale del cuerpo sin el bautismo por esa severidad con que ha sido excomulgada toda la casa. Con ese daño no puede compararse la muerte de innumerables cuerpos, aunque a hombres inocentes se los saque con violencia de la iglesia y se los ejecute. Si sobre ese punto puedes dar una razón, ojalá me la des por carta, para que también yo pueda darla. Y si no puedes, ¿por qué dejarte llevar de una inconsiderada conmoción de ánimo, cuando después no podrás dar una contestación recta, si te la demandan?

3. Hablo así aun en el supuesto de que nuestro hijo Clasiciano haya hecho algo que tú hayas estimado con toda justicia digno de la excomunión. Por lo demás, si es cierto lo que me dice en su carta, ni siquiera él solo de toda su casa debió sufrir semejante castigo. Pero sobre este punto no tengo que tratar con tu Santidad. Únicamente te ruego que perdones al que te pide perdón, si es que reconoce su culpa. Y si sabiamente reconoces que no pecó, pues sostenía que en la casa de la fe se debe mantener con mayor justicia la fe prometida, para que no sea violada allí donde es enseñada, haz lo que debe hacer un santo varón. Si como a hombre te ha acaecido lo que el hombre de Dios dice en el salmo: Se ha turbado por la ira mi ojo, clama al Señor: Ten compasión de mí, porque soy débil4, para que el Señor te alargue su diestra, reprima tu cólera y tranquilice tu mente para ver y obrar la justicia. Porque, como está escrito, la cólera del varón no obra la justicia de Dios5. No pienses que nosotros por ser obispos, no podemos ser víctimas de una injusta conmoción; pensemos más bien que por ser hombres vivimos con más peligro entre los lazos de las tentaciones. Haz desaparecer, pues, las actas eclesiásticas que quizá en tu indignación has levantado, y hágase presente entre vosotros la caridad que mantuviste con él cuando eras catecúmeno. Suprime el pleito y renueva la paz, para que no pierdas al hombre amigo y regocijes al diablo enemigo. Poderosa es la misericordia de nuestro Dios para oír mi oración, para no aumentar mi tristeza con vuestra conducta, sino más bien sosegar la que ya ha surgido, y para regir y alegrar con su gracia tu juventud, si no desprecias mi senectud.